Pierre Bonnassie

"Pese a todo, ya en torno al año mil se empieza a notar su influencia, concretamente en el fenómeno, ya mencionado, de la disminución de las grandes hambres. En este sentido resulta muy esclarecedora la comparación de los textos del siglo IX con los de comienzos del XI. En los primeros, los analistas despachan con pocas palabras el flagelo del hambre, mientras que los cronistas ni lo mencionan. A ellos no les llama la atención el hambre, porque no es propiamente un hecho memorable, forma parte del orden natural de las cosas. Después del año mil, en cambio, las «grandes hambres» dan lugar a descripciones detalladas y sobre todo llenas de espanto: aparecen como hechos inauditos que revelan un desorden en los valores, una vuelta al caos original. Lo cual es señal de que, pasado el primer tercio del siglo xi, pasada la última gran «tribulación» de 1031-1032, los campos de Francia se encaminan hacia un relativo equilibrio alimentario. Se anuncian tiempos mejores.
Así pues, en torno al año mil el envite es claro. Por un lado, el peso de la servidumbre, legado de la Antigüedad y de la época carolingia, tiende a disminuir hasta desaparecer. En vastas regiones del reino (de hecho, en toda la parte meridional), ya no existe, salvo raras excepciones, más estatuto jurídico para el campesinado que el de la libertad. Por otro lado, los considerables esfuerzos realizados por el campesinado desde hacía decenios, por no decir siglos, por escapar de la miseria y la desdicha, comienzan a dar sus frutos: pese a ciertas recaídas dramáticas, la producción empieza a crecer; se entra en un crecimiento duradero. Los campesinos consiguen así dos ventajas: una relativa emancipación y una mejora de sus condiciones materiales y morales de existencia. No cabe la menor duda de que amplias capas de campesinos ven esta posibilidad, como parece probarlo la efervescencia que se extiende por las campiñas durante esta época. Pero para que esta esperanza se haga realidad, tienen que darse dos condiciones previas: que el campesinado obtenga garantías frente a la arbitrariedad de los señores, y que los frutos de su trabajo no sean confiscado con exacciones en aumento. No se cumple ninguna de las dos condiciones."

Pierre Bonnassie
Del esclavismo al feudalismo en Europa Occidental



¿Qué es el feudalismo?

Designa al régimen social que caracterizó, por lo menos a partir del siglo XI, al mundo medieval y, hasta el siglo XVIII en varios aspectos, al mundo moderno. Ahora bien, cuando se habla de feudalismo, se suele entender en dos sentidos y esta dualidad ha desencadenado tales querellas ideológicas que el simple empleo de feudalismo en su sentido más amplio basta para conferir a quien lo utiliza la etiqueta de marxista, mientras que la historiografía tradicional se aferra al sentido restringido e institucional del término, rechazando toda acepción que no sea puramente técnica. Por un lado, se amplía considerablemente el  concepto y, por otro, se le restringe lo máximo posible (1).

Desde el punto de vista marxista, el feudalismo aparece como uno de los estadios sucesivos por los que puede o debe (2) pasar toda sociedad en su evolución histórica: sociedad tribal (o «comunidad primitiva»), esclavismo, feudalismo, capitalismo y socialismo. Desde esta perspectiva, el feudalismo debe ser concebido, a la vez, como un modo de producción, ligado a un cierto desarrollo de las fuerzas productivas, y como el sistema de relaciones de producción (o de relaciones sociales) que caracterizan dicha etapa. En tanto que concepto globalizador, es susceptible, por un lado, de definir el conjunto de las estructuras (infraestructuras y superestructuras) de una sociedad dada y, por otro lado, de aplicarse, en el espacio y en el tiempo, a ciertos tjpos de sociedades aparentemente muy diferentes: feudalismo del Occidente medieval y moderno, pero también feudalismo japonés, chino, ruso, magribi, etc… Es evidente que, desde una óptica tan amplia, la definición de la palabra no resulta cómoda; precisamente, la reflexión de numerosos historiadores marxistas se encamina, en estos últimos años, a resolver el problema que plantea la búsqueda de la definición más adecuada y lo menos formal posible. Citemos, en primer lugar, la que proponía Charles Parain en 1971: «No puede haber inconveniente en llamar feudal… a cualquier sistema donde el trabajador agrícola, que ya no es esclavo, se encuentra, sin embargo, sometido a todo tipo de trabas extraeconómicas, que limitan su libertad y su propiedad personal, de tal forma que ni su fuerza de trabajo ni el producto de su trabajo se han convertido aún en simples objetos de intercambio libre, en auténticas «mercancías»» (3). 

En realidad, se trata de una definición excesivamente negativa, en el sentido de que el feudalismo aparece todavía como un «sistema de transición» entre el esclavismo y el capitalismo. Se han hecho grandes progresos gracias a los trabajos de Guy Bois quien, al término de una reflexión sobre las estructuras socioeconómícas de Normandía en los siglos XIV y XV, llega a caracterizar el régimen feudal en su naturaleza intrínseca: «El feudalismo es la hegemonía de la pequeña producción individual (con el nivel de fuerzas productivas que tal hegemonía supone) más la punción señorial, obtenida por medio de una coerción de orden político (o extraeconómico)» (4). Como podemos observar, existen dos elementos en esta definición: primada de la pequeña explotación campesina (explotación y no propiedad, por supuesto) y confiscación de una parte variable de los beneficios de esta explotación por medio de la coerción señorial. 

Las citadas definiciones de feudalismo no tienen, en apariencia, nada que ver con las que proporciona la historiografía tradicional. Veamos qué decía F. L. Ganshof: «El feudalismo puede ser definido como un conjunto de instituciones que crean y rigen obligaciones de obediencia y servicio -principalmente militar- por parte de un hombre libre, llamado «vasallo», hacia un hombre libre llamado «señor», y obligaciones de protección y sostenimiento por parte del «señor» respecto del «vasallo», dándose el caso de que la obligación de sostenimiento tuviera la mayoría de las veces como efecto la concesión, por parte del señor al vasallo, de un bien llamado feudo» (5).

Y Robert Boutruche recordaba encarecidamente que «sin contrato vasallático, sin feudo … no hay régimen feudal» (6). Desde esta perspectiva, el sentido de la palabra feudalismo se aparta muy poco de su propia etimología: el feudalismo constituye un sistema de relaciones sociales cuya base material era  el feudo. Y, puesto que el feudo, en su forma específica, sólo ha existido en Europa occidental, se condenarán todas aquellas «desviaciones de lenguaje» que aplican el concepto de «sistema feudal» a sociedades extraeuropeas (salvo si exceptuamos la indulgencia mostrada por R. Boutruche respecto al Japón de los samurais). Además, dentro de la propia Europa, se deberá tener sumo cuidado en distinguir el «régimen feudal», que define los lazos contraídos, en el seno de la clase nobiliaria, por señores y vasallos, del «régimen señorial», que sirve para caracterizar las relaciones entre señores y campesinos. Los «derechos feudales» serían así los derivados directamente del contrato feudovasallático, mientras los «derechos señoriales» designarían a los ejercidos por los amos de la tierra y del poder sobre sus campesinos. 

¿Es posible aportar alguna claridad en este diálogo de sordos? Pero, ante todo, ¿sería posible saber de qué se está hablando? Si se trata de las relaciones que existían entre clase dominada (campesinado) y clase dominante (nobleza), entonces se puede hablar de feudalismo en su acepción más amplia. Pero, si se trata de analizar el sistema de vínculos de hombre a hombre que estructuraban a la propia clase dominante, entonces hablaríamos de feudalismo en su sentido más restringido. Pero, al margen de que nuestros antepasados del antiguo régimen utilizasen el adjetivo «feudal» indiferentemente en uno u otro sentido, ambas acepciones no son en absoluto excluyentes: cuando escribía La société féodale (7) -esa obra maestra que, todavía hoy, es necesario leer una y otra vez-, Marc Bloch se interesaba tanto por el problema de las clases y de sus relaciones (esto es, por el feudalismo en su sentido amplio) como por aquel otro problema, circunscrito a la nobleza del contrato feudovasallático y de sus implicaciones (o sea, por el feudalismo en su acepción restringida). De hecho, el feudalismo, en el sentido europeo y medieval del término, no era más que un aspecto del feudalismo, considerado en su sentido más amplio. Porque, ¿qué era, en realidad, aquel feudo que le confería su existencia? Era un conjunto de bienes y de rentas: los bienes consistían generalmente en tierras donde trabajaban campesinos, y el producto de su trabajo era el que daba valor al feudo; las rentas eran los impuestos (banales) o los tributos pagados por aquellos mismos campesinos. Por ello, estudiar la historia del feudo olvidando la de la punción nobiliaria equivale a estudiar una abstracción. Vayamos más lejos aún: el auge de las relaciones feudovasalláticas en la Europa de los siglos XI y XII sólo fue posible por el crecimiento económico (más exactamente, agrícola) el cual, a su vez, generó unos excedentes que hicieron la fortuna de la clase nobiliaria y trajo consigo el aumento de sus efectivos. Ahora bien, teniendo presente el nivel tecnológico de  aquella época, el crecimiento sólo pudo ser el resultado de los esfuerzos campesinos: la puesta a punto de las estructuras feudales fue, para la nobleza, la manera de absorber los frutos de aquellos esfuerzos y garantizar su distribución entre los privilegiados. 

Llamemos pues feudalismo (en su sentido amplio o restringido, ¿qué más da?) a un régimen social que se basaba en la confiscación, con frecuencia brutal, de los beneficios (del excedente) del trabajo campesino y que garantizaba, mediante un sistema más o menos complejo de redes de dependencia (vasallaje) y de gratificaciones (feudos), su redistribución en el seno de la clase dominante.

(1) La lengua francesa tiene dos palabras para expresar aquellos dos sentidos: féodalisme y féodalité. Con el fin de evitar el neologismo «feudalidad» que sólo contribuiría inútilmente a enturbiar aún más esta querella de palabras, hemos traducido féodalisme como «feudalismo» en su sentido amplio y féodalité como «feudalismo» en su acepción más restringida (N. del T.)

(2) Puede o debe: esta alternativa ha suscitado muchas discusiones en el seno del movimiento marxista. De hecho, la simple elección de uno otro de esos dos verbos expresa toda la distancia que existe entre un marxismo no dogmático (el del propio Marx) y sus adulteraciones estalinistas.

(3) Sur le féodalisme, Colloque du CERM, Paris, 1971, p. 15 (trad. castellana: El feudalismo, Ayuso, Madrid, 1972, p. 28).

(4) Crise du féodalisme, Paris, 1976, p. 355.

(5) Qu’est-ce que la féodalité?, Bruselas, 1957, p. 12 (trad. cast.: El Feudalismo, Ariel, Barcelona, 1963, p. 21).

(6) Seigneurie et féodalité, t. 1, París, 1959, p. 24 (trad. cast.: Señorío y feudalismo, t. 1, Siglo XXI, Buenos Aires, 1976, p. 24 ).

(7) M. Bloch, La société féodale, A. Michel, París, 1949 (trad. cast.: La sociedad feudal, UTEHA, México, 1958).

Pierre Bonnassie
Vocabulario básico de la historia medieval. Barcelona: Crítica, 1988




























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