"La astrología judiciaria está permitida en cuanto por ella se gobierna el labrador, el marinero, el médico y los demás, considerándolos efectos de las causas naturales. Pero en arrojándose a juzgar de lo que depende del libre albedrío y de la voluntad de Dios, es gran temeridad y crimen condenado."
Sebastián de Covarrubias y Orozco
Del artículo de Juan Francisco Esteban Lorente La astrología en el arte del Renacimiento y Barroco español, página 9
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